¿Qué se puede esperar de la subsidiariedad hoy en día? Este principio que
levanta muchas interrogantes ha sido puesto de actualidad por el Tratado de
Maastricht, así como gracias a numerosas obras que le han sido dedicadas. Puede
resultarnos útil por tanto estudiar un poco más a fondo este concepto que ocupa
hoy en día un lugar central en el cuerpo doctrinal de los eco-federalistas
europeos.
Durante la Antigüedad el subsidium era un método de organización militar: una
línea de tropa permanecía en alerta, por detrás del frente de batalla, dispuesta
a dar auxilio en caso de debilidad. Con el tiempo, este método se convirtió en
un principio que se extendió al orden filosófico, jurídico, social y político.
Sus raíces son muy antiguas, incluso aunque el término "subsidiariedad" parece
más reciente. Los trabajos de Aristóteles, de Tomás de Aquino, de Althusius, de
Proudhon, la Encíclica Rerum Novarum del Papa León XIII (1891), más la
Quadragesimo Anno de Pío XII tienen su inspiración en este principio. Más tarde
aún, el Papa Pío XII en su Discurso a los Cardenales, el 20 de febrero de 1946,
precisará que: "toda autoridad social es por naturaleza subsidiaria".
LOS ORÍGENES DE LA SUBSIDIARIEDAD
En su obra "Política", Aristóteles describe una sociedad orgánica -la Polis-
en cuyo seno encajarían jerárquicamente los grupos: familias - pueblos. Cada uno
de estos grupos tratarían de ser autosuficientes, pero sin jamás conseguirlo del
todo; a excepción de la Polis, considerada como un espacio político total. Aquí
es el único cuerpo autónomo - y por tanto perfecto (la autonomía, Autarkeia, era
considerada por los antiguos griegos como sinónimo de perfección) - en el que el
ciudadano puede desplegar sus potencialidades, de cara al bien común. Este
"estado natural", permite a los grupos de los que está constituido, ser "capaces
de sobrevivir en el dominio de sus propias actividades":
1. Actividades que se complementan pero que no se solapan entre sí. De esta
forma, la Polis respeta la autonomía (auto nomos: que se da a sí mismo sus
propias leyes) de los grupos que son competentes para asegurarse a sí mismos sus
propios asuntos. Tomás de Aquino retomará por su parte este antiguo principio,
con este importante matiz: la persona sucede a la Polis como "substancia
primera" (Boecio). La persona es, a imagen de Dios, única, a través de su
voluntad, de su conciencia, de sus actos y de su libre albedrío. "La idea de
persona, salida del pensamiento cristiano y hasta cierto punto de la cultura
escandinava, consagra la dignidad de esta substancia autónoma, a la que ninguna
autoridad le está permitido ignorar su existencia utilizándola como medio".
2. El hombre trasciende por tanto a su a su pertenencia por su relación íntima e
individual con Dios, "es miembro de la sociedad en tanto que ser dependiente,
obligado a captar de su alrededor, en su entorno social, los elementos vitales y
de su desarrollo físico, intelectual y moral. Puesto que es un ser espiritual,
cuyas acciones propias son inmanentes , la persona transciende el medio social
en el que se encuentra incrustado".
3. Para el pensamiento tomista, el principio de subsidiariedad está al servicio
de la persona (que pertenece a pesar de todo a una colectividad) mientras que
para Aristóteles, se encuentra al servicio directo de los múltiples grupos -
espaciales, "los clanes"; y temporales, los "linajes" - que conforman la Polis.
ALTHUSIUS, PRECURSOR DEL FEDERALISMO
A
principios del siglo XVII, un jurista germánico y calvinista, Althusius
(1557-1638), rector del Escuela Jurídica de Herborn desde 1602, escribió la gran obra "Política
methodice digesta" (1603) que le hará célebre hasta convertirle, hoy en día,
en uno de
los precursores de la "doctrina" federalista.
Hombre de decisión y de acción, se propone poner en práctica sus ideas en el
seno del Síndico de la ciudad portuaria de Emden, en Frisia oriental, para luchar contra la
autoridad del conde soberano Enno. Permanecerá en ese cargo hasta su muerte.
Althusius es un hombre de su tiempo, que defiende la tradición comunalista y los
cuerpos intermedios que son muy numerosos en su época (familias, corporaciones,
ligas, gremios, ciudades, provincias...).
Considerando que para ser solidario, es necesario, por encima de todo, ser libre
y autónomo, Althusius es un feroz defensor de las comunidades en las que sus
miembros respetan las leyes a través del "pacto jurado". Para él, "la política
es la ciencia que consiste en unir a los hombres entre ellos para mejor
integrarlos en la vida social, de forma que la comunidad permanezca mejor y más
fuertemente conservada entre los asociados". A esto es lo que denominará
"simbiótica". En esta frase se transluce la
influencia aristotélica. Como él, Althusius considera que la sociedad humana no
está formada por individuos sino por comunidades que se articulan alrededor de
un principio de armonía. Estas comunidades orgánicas, en tanto que "persona representata" (personas morales) son, como cada ciudadano, sujetos de derecho, y
gozan de las mismas libertades. Para subsistir, prosperar, realizarse y
proyectarse, los hombres se asocian voluntariamente con el fin de paliar los
deseos que solos, nunca hubieran podido satisfacer. Si la asociación se
reconoce entonces insuficiente, más asociaciones se pueden reunir y se prestan a
formar un "jus foederis" (o una confederación) para el bien común. Esta alianza
no tiene necesariamente en cuenta necesariamente la proximidad geográfica. Dos
comunidades alejadas la una de la otra pueden encontrar intereses e ideales
comunes. Dentro de esta perspectiva Althuseriana, solo el pueblo detenta la
soberanía "puesto que vive en esferas ya soberanas y casi autosuficientes. La
participación en el poder solo se justifica por la autonomía social, que es ante
todo un hecho, y se convierte en un derecho por su necesidad natural".
Recordemos que en aquella época Alemania era una mosaico de pequeños estados, de
ciudades libres y de minúsculos reinos (unos 350). El Estado, en aquella época,
no debía intervenir en el interior de estas comunidades; sino que se debía
ocupar de asuntos que se delegaban en su competencia, es decir la paz, la
defensa, la policía, la moneda. El principio de subsidiariedad era un
instrumento jurídico y un freno a las potenciales derivas totalitarias.
Su pertenencia al Síndico de Emden, permite a Althusius concretizar socialmente
este principio que había quedado como algo puramente filosófico en Aristóteles y
Tomás de Aquino. Este pensamiento se iba a perpetuar de nuevo en la época
contemporánea con Proudhon.
LA SUBSIDIARIEDAD EN PROUDHON
El principio de subsidiariedad está en el centro mismo de la teoría federalista
de Proudhon; la subsidiariedad, según Proudhon, permite equilibrar las
relaciones por lo general tirantes entre la autoridad y la libertad. Demasiada
autoridad conduce al despotismo, demasiada libertad a la anarquía.
En su obra: "El Principio Federativo", aparecido en 1862, afirmaba: "El problema
político (...), reducido a su expresión más simple, consiste en encontrar el equilibrio entre dos elementos opuestos, la
autoridad y la libertad. Todo falso
balance se traduce inmediatamente para el Estado, en desorden y ruina, y para
los ciudadanos, en opresión y miseria. En otros términos, las anomalías o
perturbaciones en el orden social resultan del antagonismo de estos dos
principios; éstos desaparecerán cuando los principios se encuentren coordinados
de forma que no se puedan perjudicar el uno al otro". Esta "coordinación" ideal
se encuentra en el principio de subsidiariedad. El ciudadano oscila entre estos
dos polos (autoridad y libertad), con sus competencias, al servicio de las
comunidades simples (familias, talleres, sindicatos) y de las comunidades más
complejas (comunas, cantones, regiones, Estados). El fin buscado en cada uno de los
escalones es siempre el de la autosuficiencia. El ciudadano conserva, en cada
nivel, una parcela de soberanía que le convierte en un actor responsable en el
seno de una ciudad federalista, ya no natural -el pacto- sino contractual -el
contrato-. La forma del contrato prima sobre la del régimen. Para Proudhon, el
enemigo principal sigue siendo primordialmente el centralismo estático y
nivelador, ya sea democrático o monárquico. El centralismo beneficiándose de la
"incapacidad ciudadana" (criterio por lo demás muy subjetivo) intentará
progresivamente inmiscuirse en todos los asuntos sociales privados o públicos,
transformando así al ciudadano-activo en sujeto-pasivo. El pensamiento proudhoniano nos advierte que la sociedad debe, en la medida de lo posible,
superar al Estado si pretende la mejor vida.

En la misma época, los Papas, buscarán inspiración principalmente en los escritos del
italiano Taparelli, del obispo alemán Kettele y del francés La Tour du Pin, para
elaborar la "doctrina social de la Iglesia". En fin, los tres tienen en común el
pretender rehabilitar los cuerpos intermedios. Para Ketteler (1848): "en tanto
que familia, la comuna se basta para cumplir su fin natural, por lo que debemos
dejarle libre autonomía...El pueblo gobierna por sí mismo sus propios asuntos:
es necesario una escuela práctica de política en la administración comunal,
donde se reproducen a pequeña escala los asuntos que son tratados a gran escala
en los parlamentos. De esta forma el pueblo adquiere la formación política y la
capacidad que hace al hombre sentirse independiente", así el autor podrá añadir
las bases necesarias a la práctica de una "ciudadanía ascensional". Taparelli
sugiere que: "el todo debe venir en ayuda de la parte y la parte del todo, es
decir que la parte no desaparezca en
el todo y que el todo no absorba la parte en su unidad". La Tour du Pin, por su
parte, propone construir un orden orgánico, natural y jerarquizado, fundado en
gran parte sobre las corporaciones. Es necesario, afirma, acabar con el hombre
pervertido por el reinado del dinero y de la usura restableciendo una moralidad
de la solidaridad e inyectando "Edad Media" en una sociedad cada vez más
industrializada. La nostalgia social de La Tour du Pin acabaría inspirando el
régimen fuertemente corporativista de Salazar, en Portugal; y en menor medida,
el de Mussolini, en Italia.
"EL NUEVO ESTADO" DE FRANÇOIS PERROUX
El economista francés François Perroux ya intuyó los defectos que iban a
presentar estos regímenes excesivamente corporativistas, inadaptados a la época
contemporánea, indicando que "sin intervención rigurosa del Estado, un sistema
corporativo conduce de forma irremisible a la formación de neo-feudalidades
económicas". Por tanto, Perroux propone un "Estado Nuevo", puesto que estimaba
que el Estado liberal no iba a ser capaz de superar las graves crisis sociales
de los años treinta. Fundando, en parte, su teoría económico-social sobre las
comunidades de trabajo, compuestas de representantes, de patronos, de
asalariados, Perroux estimaba que era necesario contar con un ejecutivo fuerte y
una descentralización de funciones sociales: numerosas competencias que hoy en
día se confían al Estado estarán aseguradas igual de correctamente, con la misma
eficacia y con menor coste en el marco regional, dotado de una existencia, de
unos medios de acción efectivos incluidos los relacionados con la comunidad de
trabajo. Estos órganos como los engranajes administrativos propiamente dichos se
encuentran en situación de asegurar la regularidad y la continuidad de los
intercambios entre el Estado y la sociedad. La Revolución Francesa destruiría
los cuerpos intermedios, últimos vestigios del feudalismo. El 4 de agosto se
hizo tabla rasa de las instituciones medievales para que primaran los engranajes
de la República. Poco a poco, el recién creado ciudadano se encuentra solo cara
al todopoderoso Estado cada vez más centralizador. El siglo XIX vio surgir el
liberalismo triunfante, responsable de numerosos males sociales, siendo el del
éxodo rural el más característico. El hombre había dejado de ser la "piedra
angular" de la sociedad, puesto que el dinero le había reemplazado. Para
contrarrestar esta involución, los Papas van a elaborar la "doctrina social de la
Iglesia". Oscilando entre la ingerencia y la no-ingerencia del Estado, la
Iglesia critica los excesos del materialismo que disuelve la dignidad, y por
tanto la libertad humana. La encíclica Quadragesimo Anno, hace de la
subsidiariedad el eje de su reflexión: "Como no se puede quitar a los individuos
y dar a la comunidad lo que ellos pueden realizar con su propio esfuerzo e
industria, así tampoco es justo, constituyéndose un grave perju¡cio y
perturbación de recto orden, quitar a las comunidades menores e inferiores lo
que ellas pueden hacer y proporcionar y dárselo a uña sociedad mayor y más
elevada, ya que toda acción de la sociedad, por su propia fuerza y naturaleza,
debe prestar ayuda a los miembros del cuerpo social, pero sin destruirlos y
absorberlos" (Q.A.79; p.93).
UNA "TERCERA VIA" ESPIRITUAL
Los Papas, en particular León XIII, no pretendían una vuelta a una utópica Edad
Media, sino que deseaban un proyecto cristiano de cara a la industrialización de
una sociedad, una nueva actitud de cara al materialismo y al individualismo que
afectaban de forma especialmente dramática a las clases más desfavorecidas; una
"tercera vía" espiritual entre el capitalismo y el socialismo a través de un
humanismo teocéntrico, respetuoso de la diversidad y de la riqueza del cuerpo
social. Precediendo a la Rerum Novarum, la encíclica Humanum Genus (1884)
precisaba: "Mas como no pueden ser iguales las capacidades de los hombres, y
distan mucho uno de otro por razón de las fuerzas corporales o del espíritu, y
son tantas las diferencias de costumbres, voluntades y temperamentos, nada más
repugnante a la razón que el pretender abarcarlo y confundirlo todo y llevar a
las leyes de la vida civil tan rigurosa igualdad. Así como la perfecta
constitución del cuerpo humano resulta de la juntura y composición de miembros
diversos, que, diferentes en forma y funciones, atados y puestos en sus propios
lugares, constituyen un organismo hermoso a la vista, vigoroso y apto para bien
funcionar, así en la humana sociedad son casi infinitas las diferencias de los
individuos que la forman; y si todos fueran iguales y cada uno se rigiera a su
arbitrio, nada habría más deforme que semejante sociedad; mientras que si todos,
en distinto grado de dignidad, oficios y aptitudes, armoniosamente conspiran al
bien común, retratarán la imagen de una ciudad bien constituida y según pide la
naturaleza."Así pues, durante mucho tiempo conducido por la Iglesia
Católica a través de su doctrina social, el principio de subsidiariedad volverá
a la esfera política en el siglo XX gracias al protagonismo dentro de su cuerpo
doctrinal que le asignarán los grupos federalistas militantes por una nueva
Europa democrática. Este término ya era familiar en los Estados dotados de
estatutos de tipo federal o confederal como Alemania (Länder), Suiza (Cantones)
o España (Comunidades Autónomas)...Solo el Estado francés, unitario y
centralista desde hace siglos parece alérgico a este concepto; hasta el punto de
que el término se encuentra aun ausente de la mayor parte de los diccionarios de
la lengua francesa. Hoy en día este principio reaparece correlativamente a la
construcción del espacio europeo y con la cuestión de la repartición de las
competencias entre las Comunidades y sus Estados miembros (especialmente en el
famoso artículo 3b del Tratado de Maastricht)[1], y
viene bien recordárselo a ciertos "euroescépticos" asustados por la deriva
centralizadora y burocrática bruselense.
¿HACIA UN NUEVO CONCEPTO DE SUBSIDIUM?
Pienso no obstante que conviene evitar considerar el principio de subsidiariedad
como el remedio milagroso a nuestro estado de deficiencia democrática. Creo que
hoy en día no se dan las condiciones mínimas en la base necesarias para una
correcta aplicación de este principio. En efecto, las sociedades modernas
industrializadas sufren una fragmentación del cuerpo social en una miríada de
individuos reagrupados en estructuras antagonistas y que defienden sus intereses
a corto plazo. Consustancial a esta atomización social y a la pérdida de
referencias identitarias que supone, desaparece progresivamente el sentimiento
natural de pertenencia comunitaria, a menudo en favor de una cultura de empresa
artificial y pobre. Añadamos a todo esto la pérdida de la reflexión y de
espíritu crítico de nuestros contemporáneos, distraídos de sus deberes de
ciudadanía por los medios audiovisuales. Además, las estructuras
nacional-estatales están dispuestas a integrarse (y desintegrarse) en la "Megamáquina"
(Mumford, Bahro, Latouche) de la economía globalizada cuyos principales
corolarios son: el nacimiento de las macro-regiones económicas (ALENA, MERCOSUR,
UE, ANSEA..), la intensificación de los intercambios de mercancías, de personas y
de capitales, la deslocalización de industrias, la sobreproducción, la
aceleración de las transferencias de información, la disminución de los costes
de transporte y el aumento del poder de las organización internacionales (ONU,
OTAN, etc...).
Atenazada entre la mundialización de los objetivos y la individualización de las
servidumbres, este tipo de sociedad no está en disposición de preservar su autonomía y su soberanía. En este contexto, las
instituciones de Bruselas tienen todas las de ganar al reclamar la utilización
de este principio, que de aplicarse hoy en día, entrañaría de hecho, la
instauración de un principio de ingerencia insoportable y sin contrapartida en
los asuntos nacionales, regionales y locales de los países europeos. El
principio de subsidiariedad necesita para ser efectivamente aplicado la previa
recomposición del cuerpo social alrededor de principios mutualistas. Esta
recomposición ya está en curso, pero irá cada vez más contra las instituciones
legales nacional-estatales y europeas. La legítima voluntad de los pueblos a
hacerse cargo de su destino a través de la aparición de estas nuevas comunidades
generatrices de solidaridades concretas y de verdadera convivencia, se nutrirá
irremediablemente del sistema de partidos y de lobbys portadores de ideologías
obsoletas, y que son hoy en día, los únicos beneficiarios del sistema
oligárquico vigente.
[1] Artículo 3 B del Tratado
de la Comunidad Europea,(TCE):
" La Comunidad actuará
dentro de los límites de las competencias que le atribuye el presente Tratado
y de los objetivos que éste le asigna.
En los ámbitos que no sean
de su competencia exclusiva, la Comunidad intervendrá, conforme al
principio de subsidiariedad, sólo en la medida en que los objetivos de la
acción pretendida no puedan ser alcanzados de manera suficiente por los
Estados miembros, y, por consiguiente, puedan lograrse mejor, debido a la
dimensión o a los efectos de la acción contemplada, a nivel comunitario.
Ninguna acción de la
Comunidad excederá de lo necesario para alcanzar los objetivos del presente
Tratado."
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